Vivimos en una sociedad plural en opiniones, formas de pensar y de manifestaciones ante un sinnúmero de situaciones que se presentan en nuestra vida diaria.
Esta diversidad comprende toda una gama de creencias y sentimientos, llamada por algunos conciencia, e influenciada por factores del medio ambiente, como son la familia y la religión, que van determinando nuestros valores y conducta hacia los demás y hacia el mundo.
Si la palabra objeción significa refutar, discrepar o negar, al unirla al término conciencia tenemos un concepto poco entendido aunque en los últimos años más difundido. Se trata de la objeción de conciencia definida como: “el juicio reflexivo, de valores morales, por medio del cual una persona distingue desde su intimidad, lo positivo y negativo; es decir, el bien del mal, lo correcto y lo incorrecto, lo honesto y lo deshonesto, la conducta ética y moral, de la conducta sin ética e inmoral”.
Como podemos observar, se basa en el derecho de libertad de conciencia, de manera que, dentro de los justos límites, se respete el principio según el cual “ni se obligue a nadie a obrar contra su conciencia, ni se le impida que actué conforme a ella”.
Para no hablar solo de conceptos, te menciono algunas situaciones reales en las cuales los involucrados tienen derecho a la objeción de conciencia:
1. Administrador o contador de una empresa: si los directivos de una empresa le solicitan a su empleado que lleve a cabo acciones ilegales o de no total transparencia, éste podría negarse sin arriesgar su trabajo.
2. Servicio militar: en este caso se refiere al incumplimiento de una ley que obliga a prepararse para el uso de las armas, única y exclusivamente por razones de conciencia religiosas o morales. Es decir, el militar puede elegir el servicio que no se oponga a sus creencias religiosas, éticas, morales, humanitarias o filosóficas.
3. Médicos y enfermeras: cuando su conciencia los lleva a una abstención en la ejecución de un aborto, eutanasia u otras prácticas que atenten contra la vida humana. Esta postura no siempre es respetada, ya que en ocasiones pierden su trabajo o promoción por mantenerse firmes a sus convicciones.
La objeción de conciencia es propiedad de cualquier persona, sin importar trabajo, profesión o empleo al que se dedique. Por supuesto no solo se limita a las creencias religiosas, sino implica valores y convicciones personales.
En este sentido, las convicciones son resultado de la libertad y la voluntad y no son impuestas ni obligatorias por temor a un castigo por parte de un ajeno.
Te invito a ver la objeción de conciencia como un derecho que todos tenemos, derecho que debe ser reconocido, garantizado y respetado, ya que en éste, se está protegiendo la libertad de conciencia y en definitiva el Estado no puede obligar a nadie a actuar en contra de lo que dicte su propia conciencia.
LUCIA LEGORRETA DE CERVANTES. Presidenta Nacional de CEFIM, Centro de Estudios y Formación Integral de la Mujer.
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