Recuerdan que hace algunos días les comentaba acerca de la inciativa que se presentó en el Congreso de Nuevo León para quitarles la Patria Potestad a todos aquellos padres o madres incumplidos de sus deberes...

Bueno pues les tengo nuevas noticias... Resulta que en días pasados los "Representantes" de los ciudadanos y ciudadanas de Nuevo León votaron a favor de reformas que nada tienen que ver con acciones verdaderamente significativas para proteger a los menores, respecto al acceso a una vida digana, aprobaron una reforma para que en los casos en que el deudor alimentario "no pueda" o "no tenga" forma de comprobar ingresos, el juez pueda tomar en cuenta los "signos externos" de riqueza, coche, casa, ropa, vaya en sí los lujos que pueda tener el deudor y así poder fijar una pensión alimenticia acorde a las posibilidades de dicho deudor.

Sin emabrgo, el artículo 311 tercer párrafo que es el que se modificará (no sé de dónde) del Código Civil de Nuevo León, así como el artículo 1070 segundo párrafo del Código de Procedimientos Civiles de Nuevo León establece la facultad de los jueces para desahogar cualquier diligencia necesaria para fijar una pensión "más justa", aquí les transcribo el extracto para que me entiendan mejor:

 

ARTÍCULO 311.-...

Cuando no sean comprobables el salario o los ingresos del deudor alimentario, el Juez estimará las ganancias de éste con base en los signos exteriores de riqueza que demuestre.

 

Artículo 1070.- ....

Para fijar la pensión provisional, el Juez podrá ordenar el desahogo de cualquier diligencia que considere necesaria..."

 

Entonces aquí viene mi pregunta, ¿qué es lo que se va a reformar? o mejor dicho ¿a dónde quieren llegar con estas reformas? Porque la facultad de los jueces para hacer su labor de investigación la tienen, que no la ejerzan por "falta de recursos" porque no quieren o por flojera eso no impide que puedan hacer  su trabajo conforme a la ley, además es SU OBLIGACIÓN!!!

Ahora y respecto a la Iniciativa que se planteó respecto a la Pérdida de la Patria Potestad, resulta que  los diputados del PRI sesionaron "en secreto" y como esta iniciativa la presentaron sus contricantes del PAN pues resulta que entre ellos votaron en contra, o sea para que no saliera... sin importarles el criterio de los Magistrados y Jueces que estuvieron la mesa de trabajo organizada por los diputados. El caso es que como los del PRI son mayoría en el Congreso de Nuevo León BYEEEEEEEEE con la iniciativa que causó más revuelo porque no venía de ellos, qué tal??????

Y aquí quisiera hacer una aclaración: NO SOY PARTIDARIA DE NADIE, soy una simple ciudadana que confió en sus representantes, que lucha por lo que cree justo para su hijo, que tristemente vive la realidad de un sistema totalmente ajeno a las verdaderas necesidades de los menores.

Y ahora recordando una frase del Programa "EL CHAPULIN COLORADO" ¿QUIÉN PODRÁ AYUDARME?...

 

Aquí les dejo un extracto de la noticia que el Congreso del Estado hizo pública cuando anunciaron sus "REFORMAS" en donde lógicamente ni siquiera mencionan nada respecto a la iniciativa de Pérdida de Patria Potestad, pero ya saben el por qué...

Realmente espero poder lograr hacer la diferencia, y que hacer que respeten los derechos de mi hijo.


APRUEBAN ACCIONES PARA GARANTIZAR EL DERECHO DE LA NIÑEZ Y LA FAMILIA

9 de Mayo 2011
A fin de garantizar el derecho de los menores a una vida plena, la LXXII Legislatura aprobó, por unanimidad, reformas al Código Civil para poder establecer el monto de la pensión alimenticia cuando no existen ingresos comprobados.

Con la modificación al párrafo tercero del artículo 311, propuesta por el diputado Juan Carlos Holguín Aguirre, el juez deberá atender al nivel de vida que el deudor y sus acreedores hayan observado en los últimos dos años.

Señala, que en nuestro Código Civil no existe un tabulador para fijar una pensión alimenticia por parte del Juez que conoce del juicio, por ello se le concede dicha facultad al Juzgador.

"En este sentido surge la problemática para el Juez, ya que nuestro sistema jurídico no establece los casos de cuando el deudor alimentario sea parte del comercio informal, o trabajador eventual, de ahí la dificultad de calcular un monto para establecer la pensión alimenticia", expresa el documento.

El Decreto, fue presentado ante la Asamblea Legislativa por el diputado Héctor García García, presidente de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, a donde fue turnado el mismo para su análisis.

Con estas reformas, los jueces tendrán facultades para fijar el monto de las pensiones alimenticias a los deudores que mediante engaños esconden sus ingresos o no tienen manera de comprobarlos.

Anteriormente, el Código Civil no establecía cómo fijar la pensión alimenticia sin sujetarse solamente al ingreso comprobable, ahora, con las reformas aprobadas se podrán establecer con los signos externos que le otorgan riquezas no comprobables al deudor alimenticio y que de alguna manera se podían ocultar.

Cabe destacar que ha sido una encomienda de esta legislatura la protección de grupos vulnerables, como en este caso lo son las mujeres y los menores de edad, creando mesas de trabajo con profesionales en la materia para su estudio.

"Al aprobarse la iniciativa en comento, estaremos actualizando nuestro marco jurídico estadual, ajustando nuestra legislación civil con las diversas Jurisprudencias emanadas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación", puntualizó García García.

El Decreto aprobado al pie de la letra dice que, "Cuando no sean comprobables el salario o los ingresos del deudor alimentario, el Juez estimará las ganancias de éste con base en los signos exteriores de riqueza que demuestre o en la capacidad económica y respecto al nivel de vida que el deudor y sus acreedores alimentarios hayan llevado en los últimos años".

Para a hablar a favor del dictamen, participaron los diputados Tomás Montoya Díaz, Juan Carlos Holguín Aguirre, Jorge Santiago Alanís Almaguer y Homar Almaguer Salazar, coincidiendo en el gran avance, que representa esta reforma al proteger a las mujeres y a los menores,  

SOLICITAN CREAR PADRÓN DE DEUDORES ALIMENTICIOS

Además, el Congreso del Estado, aprobó el envío de un exhorto al Tribunal Superior de Justicia, para que los titulares de los Juzgados en materia familiar del Poder Judicial envíen recordatorios  a los obligados a dar alimentos.

Esto con el objeto de recordarles la importancia del cumplimiento de esta obligación, de sus beneficios al darlos y sus consecuencias al no hacerlo.

Este punto de acuerdo, fue propuesto por la diputada Blanca Armendáriz Rodríguez, y presentado por el diputado Mario Emilio Gutiérrez Caballero.

Señala, Armendáriz Rodríguez, que frecuentemente los deudores alimenticios incumplen con la obligación de dar la pensión.

Por tal motivo, la legisladora propone, que los jueces competentes que tengan conocimiento del incumplimiento de la sentencia de alimentos, hagan revisión de los expedientes y en periodos no mayores de seis meses,  envíen recordatorios a todos los deudores alimentistas.

También, se solicita sea creado un padrón de deudores alimenticios, como una forma de transparencia al exhibir a quienes no están cumpliendo.
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Comentarios

  • Exactamente Blanca, NO ES JUSTO!!! Desafortunadamente tenemos aquí en Nuevo León un conglomerado de jueces que no ayudan para nada, y que sus criterios están muy lejos de "proteger el interés superior del menor" que tanto pregonan en los medios de comunicación. En fin como lo dije: Espero poder hacer la diferencia, hay muchas mujeres y niños desamparados por las leyes, y que nadie hace nada... muchas mujeres padeciendo no sólo el martirio de un proceso de divorcio desgastante, sino también el martirio de tener que luchar contra el criterio del Poder Judicial del Estado, que como digo lejos de ayudar perjudican aún más.
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