Hace historia caso de cuota alimenticia3/03/10 Logran que sea delito incumplimiento de obligación a hijos y cónyugePor Andrea Menchaca reportera del norte ... periodico de monterrey, nuevo leon...Monterrey, México (3 marzo 2010).- El caso de Diana Soto Urbiola pudo haber sido uno de los miles de casos de madres divorciadas que reclaman, sin éxito, la pensión alimenticia de su hijo.En cambio, fue el que marcó la diferencia.Diana, quien falleció de cáncer en el páncreas en septiembre del 2008, no pudo ver que su caso hará justicia no sólo a su hijo, sino a miles de personas a nivel nacional.El 3 de febrero de este año, la Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló que se considere delito el incumplimiento injustificado del pago de la pensión alimenticia fijado para los hijos o el cónyuge."En pocas palabras, va a ser delito en Nuevo León y en todos los casos similares (en otros estados) el incumplimiento de obligaciones alimentarias", puntualiza la abogada Sandra Garza Cavazos, quien junto con el abogado penalista Samuel Rubio Fernández llevó el caso de Diana gratuitamente."Así provengan de una sentencia condenatoria o de un convenio, y ya sea que este convenio provenga de un divorcio voluntario o de un juicio de alimentos o de una mediación", expresa la también directora del Centro Jurídi o Gratuito de la Facultad Libre de Derecho de Monterrey.A quien incumpla esta obligación, señala el Artículo 280 del Código Penal para el Estado de Nuevo León, se le aplicarán de seis meses a cinco años de prisión.Esta resolución, que se dio cinco años después de que Diana empezó la batalla legal en el 2005, es trascendente porque quien deje de pagar sin motivo justificado la pensión alimenticia no podrá librarse del peso de la le .Tal como intentó hacer el ex esposo de Diana.EL VIACRUCIS: LA PALABRA 'CONDENADO'"Se sancionaría con la pena señalada en el Artículo 280 de este Código, si el condenado al pago de pensión alimenticia deja de cubrirla sin causa justificada", dice el Artículo 282 del Código Penal estatal.La palabra "condenado" fue un viacrucis en el caso de Diana.Después de dos años de intentar por la vía civil que su ex esposo pagara las pensiones alimenticias que debía, sus abogados decidieron tomar la vía penal en el 2007.Diana, en representación de su hijo, hoy de 16 años, denunció al padre por el delito de Abandono de Familia. Y es que en su convenio de divorcio acordaron que él pagaría 10 mil pesos mensuales y ya adeudaba más de 90 mil"No pagar la totalidad es no cumplir", destaca Rubio Fernández, especialista en derecho penal.Fue hasta abril del 2008 cuando se consignó la averiguación criminal. Es decir, el Ministerio Público consideró que existían elementos para determinar la responsabilidad penal en contra del padre del menor.Finalmente, el 6 de octubre del 2008, se le dictó auto de formal prisión por abandono de familia.Diana ya no se enteró de esta detención. Había fallecido un mes antes, después de luchar contra el cáncer en el páncreas detectado en el 2002.Por eso su estado de salud durante el proceso era vulnerable y no podía trabajar. Además, se le había agotado su seguro de gastos médicos.Su muerte, sin embargo, no frenó la búsqueda de justicia.Cuando se le dictó auto de formal prisión, el padre del menor promovió un juicio de amparo. Su defensa se inconformó argumentando que él no había sido "condenado", como indica el Artículo 282.Desde su punto de vista no había una condena porque cuando se divorciaron no hubo un juicio en donde se le impusiera una obligación."Para ellos 'condena' es que una autoridad te haya impuesto algo por algo que hiciste mal", especifica Rubio Fernández.Garza Cavazos no podía creer que dijeran que como el convenio de divorcio, en el que por mutuo consentimiento los cónyuges llegan a una serie de acuerdos, había sido "aprobado" o "sancionado" por un juez, eso implicaba q e no había una "condena".Pero más se sorprendieron cuando el padre del menor ganó el amparo. El juez de distrito determinó que no había delito porque no había sido "condenado".Y es que el Primer Tribunal Colegiado en materia Penal del Cuarto Distrito establecía, con base en un antecedente, que no era condena la sanción que se hace al convenio del divorcio voluntario.A PERSEVERARLos abogados y la familia de Diana no se quedaron cruzados de brazos. Pidieron al Ministerio Público que promoviera una revisión.Al Segundo Tribunal Colegiado en materia Penal del Cuarto Distrito le tocó la revisión y, a diferencia del otro tribunal, creyó que sí era delito.Debido a que los dos tribunales sostenían criterios distintos se presentó la contradicción de tesis. Ésta se da, precisamente, cuando se denuncian criterios contrarios por los Tribunales Colegiados y debe ser resuelta po las Salas o el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.Mientras tanto, acordaron que el padre del menor pagara parte de la deuda a su hijo"Él sabía que con ese criterio le podíamos presentar denuncia tras denuncia, cada vez que él incumpliera, y que lo íbamos a estar tratando de meter a la cárcel", menciona Rubio Fernández.Finalmente, la Suprema Corte de Justicia dio su resolución el 3 de febrero de este año."El incumplimiento injustificado del deudor en el pago de la pensión alimenticia derivada de una sentencia de divorcio por mutuo consentimiento configura el delito previsto en el Artículo 280", indica la tesis jurisprudencial.Rubio Fernández advierte que la autoridad ya no podrá decir que no está de acuerdo con el criterio recién establecido por la Suprema Corte porque es jurisprudencia.Para Garza Cavazos, la repercusión es muy importante porque sino se habría visto afectada, en otros casos, la etapa de conciliación contemplada en los juicios orales.¿Quién iba a querer llegar a un acuerdo con la pareja si en caso de que no se cumplieran las obligaciones alimenticias se iba a decir que no hubo condena y por lo tanto no habría delito?, cuestiona la abogada."No siempre la interpretación de la ley es justa", señala Garza Cavazos, "en este caso imperó la justicia sobre la 'letra' de la ley...
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Comentarios

  • Hola Guillermina

    buen día, he leido tu mensaje y de verdad agradezco tu atención, los tips que me das y la sugerencia a quién acudir, es algo que debo hacer, porque a veces la situación no te permite ver bien con claridad en varias cosas. Y sobre todo es momento de pensar como dices con el corazón, sin egoísmos, protegiendo sobre todo a mís hijos

    Gracias por tu ayuda Amiga...
  • ANGELES... ME ALEGRA SALUDARTE.
    TE COMENTO ESTO... CUANDO UNA LLEGA A UN ACUERDO EN EL DIVORCIO VOLUNTARIO... ES NECESARIO Y CONVENIENTE... QUE PIENSES BIEN LO QUE VAN A DECIDIR PARA EL BENEFICIO DE AMBAS PARTES... SOBRE TODO DE LOS HIJOS...
    PARA ESTO SON LAS JUNTAS PRELIMINARES... Y DEJAR ASENTADO LO QUE DECIDAN.
    CREO QUE AL TOMAR LA PATRIA POTESTAD DEL MENOR... ESTA TOMANDO LAS OBLIGACIONES DE ESTE HIJO... EN TODOS LOS ASPECTOS...
    TU HIJO MAYOR... AL SEGUIR ESTUDIANDO... CON COMPROBANTES DE ESTO TIENE LA OBLIGACION DE PAGAR SUS ESTUDIOS... PERO FIJATE QUE ESTO QUEDE ASENTADO EN LOS ACUERDOS...
    LA CASA DE LOS HIJOS MENORES... NO SE PUEDE VENDER O REPARTIR... PUESTO QUE ES EL TECHO Y PROTECCION DE ELLOS... ASERORATE BIEN... PARA EL BIEN DE ELLOS...
    BUFETEC... DEPENDE DEL TECNOLOGICO DE MONTERREY.... EL CUAL TIENE CAMPUS EN TODOS LOS ESTADOS DE LA REPUBLICA... VERDADERO SERVICIO A LA COMUNIDAD... ME CONSTA... ELLOS ME HAN APOYADO EN FORMA PLENA Y SOSTENIDA... DESDE HACE 4 AÑOS A LA FECHA...
    PRIMERO CON EL DIVORCIO... LUEGO CON LA DEMANDA DE PENSION ALIMENTICIA QUE ESTAMOS POR RESOLVER...
    TEN FE AMIGA... CON UN POCO DE TIEMPO .... (es decir... idas y venidas...) TODO SE SOLUCIONA...
    PIENSA BIEN, PIENSA INTELIGENTE... PIENSA CON EL CORAZON... SIN EGOISMO.... CON AMOR A LOS HIJOS...
    A TUS ORDENES... MI AMIGA... Y TODAS LAS AMIGAS... EN LO QUE PUEDA COMPARTIR...
    UN GRAN Y CALIDO ABRAZO....
  • Hola Guillermina
    Te comento que estoy por divorciarme, después de 19 años de matrimonio, y con mi esposo acordamos tramitar un divorcio voluntario, estamos elaborando un convenio. Tengo dos hijos uno de 14 y uno de 17 años, el dice que toma la patria potestad del menor, porque así lo ha convencido, pero del mayor dice que yo asuma la patria potestad, aunque en noviembre de este año cumple 18 años, tengo un internet en casa, pero tengo que cerrar, porque esta parte de la casa, se le quedaría a el, a mi me da en otro lado,entonces me quedaría sin trabajo y tendría que vender mi equipo. Mi pregunta es, si se reparten los hijos, aún así el tiene que pagar pension alimenticia a mi hijo mayor si sigue estudiando, no se si 100% o solo un %, como puedo saberlo, creo yo también pediría ayuda o si alguién sabe, agradecería compartieran conmigo esa respuesta.

    Gracias por tu artículo, me ayuda, porque igual, que otras mujeres y por la situacion económica no cuento aún con abogado, además que quiero sea lo más sano posible.
  • EUGENIA... NO SOY ABOGADA... PERO SOY UNA LUCHADORA DE LOS DERECHOS DE LA MUJER Y DE LOS HIJOS...
    A LO ANTES DICHO POR TI... CLARO QUE PUEDES AUN DEMANDAR... TUS HIJOS SON ESTUDIANTES... Y TIENEN EL DERECHO QUE SU PADRE PAGUE SUS ESTUDIOS HASTA TERMINARLOS...
    MI HIJA AHORA TIENE 16... Y ESTA ESTUDIANDO... MI CASO ES COMO EL TUYO... POR ESTO ME DI A LA TAREA DE BUSCAR LA FORMA... DE QUE TENGA CUANDO MENOS SU PENSION Y ESTUDIOS A CARGO DE EL PAPA...
    YO DEMANDE EN CUANTO DEJO DE PAGAR... Y EL PAGO SE TIENE QUE HACER EN FORMA RETROACTIVA... Y SUMA UN BUEN... $$$... PUESTO QUE SE AGREGA LO PAGADO POR SUS ESTUDIOS...Y SERVICIOS MEDICOS...
    BUENO TE DIRE QUE TODO ESTO QUEDO ASENTADO EN EL ACTA DE DIVORCIO... (DE COMUN ACUERDO)... PERO DEJAN DE PAGAR PORQUE SE CREEN QUE NO LES PASARA NADA Y QUE UNA SE QUEDARA CONTEMPLANDO LA VIDA PASAR.... O POR BUENAS GENTES... COMO DICES TU... COMPADECIENDOLOS...
    AHORA SE QUE ES DELITO... SE PAGA CON PENA... SI NO CUMPLEN CON LO ESTABLECIDO...
    ASESORATE... AMIGA... HAY MUCHAS INSTANCIAS QUE APOYAN... SIN COSTOS...
    ES TIEMPO QUE NOSOTRAS HAGAMOS ALGO... YA NO POR NOSOTROS... SINO POR LOS HIJOS QUE TAMBIEN SON DE ELLOS.... EL DIVORCIO FUE ENTRE NOSOTROS... NO ENTRE LOS PADRES E HIJOS..
    TE DEJO UN FRATERNAL ABRAZO....
  • ESTIMADA GUILLERMINA GARZA:
    UNA PREGUNTA, EN 1998 LA LEY OTORGÓ A MIS HIJOS QUE EN ESA ÉPOCA ERAN MENORES, UNA PENSIÓN ALIMENTICIA DE $750 PESOS MENSUALES. EL PADRE DE MIS HIJOS "CUMPLIÓ" CON ESTA DISPOSICIÓN POR APROXIMADAMENTE UN AÑO. LO DESPIDIERON SU TRABAJO, Y NUNCA MÁS VOLVIÓ A DAR DICHA CANTIDAD A MIS HIJOS. HAN PASADO 13 AÑOS, Y MIS HIJOS POR INICIATIVA PROPIA, PROMOVIERON UN JUICIO POR ALIMENTOS EL AÑO ANTEPASADO, DEL QUE DESPUÉS SE DESISTIERON, PORQUE COMPADECIERON A SU PAPÁ, SEGÚN ELLOS PORQUE SU PAPÁ ESTÁ MUY MAL. ESTE HOMBRE SE VOLVIÓ A CASAR, PROCREÓ OTROS DOS NIÑOS, Y YA SE VOLVIÓ A DIVORCIAR. EL PUNTO AQUÍ ES QUE YO QUISIERA SABER SI HABRÍA MANERA DE DEMANDARLO POR INCUMPLIMIENTO DE PENSIÓN, YA QUE DESPUÉS DE 12 AÑOS, LA SUMA QUE NOS DEBE... Y YO ME HE QUEDADO VARIAS VECES SIN TRABAJO, PERO NO HE DEJADO DE MANTENER A MIS HIJOS... SERÍA DE $ 109,000 PESOS. CANTIDAD QUE NOS SERÍA MUY ÚTIL EN EL PRESENTE, YA QUE MI HIJO MAYOR (ALBERTO, 22 AÑOS) ESTÁ EN LA UNIVERSIDAD, Y MI HIJA QUE AÚN ES MENOR DE EDAD (PAULA, 16 AÑOS), ESTÁ EN LA PREPARATORIA. POR FAVOR ORIÉNTAME, ESTIMADA GUILLERMINA. SERÍA EXCELENTE PODER RECUPERAR ALGO DE LO QUE ESTE SEÑOR DEJÓ DE DAR A SUS HIJOS, PARA QUE SIRVA PARA SUS ESTUDIOS, QUE LOS GASTOS HOY EN DÍA SON MÁS FUERTES, Y YO TRABAJO COMO ASISTENTE EN UNA EMPRESA DE LA INDUSTRIA HULERA, Y MI SUELDO ES DECOROSO, PERO EN VERDAD QUE DIOS NOS HACE UN MILAGRO A DIARIO PARA SOBREVIVIR, Y VIVIMOS MUY JUSTOS. TENGO ENTENDIDO QUE ESTE SEÑOR TIENE UN NEGOCIO PROPIO DE TAQUETES Y SOPORTERÍA PARA AIRE ACONDICIONADO, ASÍ COMO DE HERRAMIENTAS, Y NO LE VA MAL. POR FAVOR, LO PONGO A TU AMABLE CONSIDERACIÓN. UN MILLÓN DE GRACIAS POR TU CONSEJO Y POR TU GENTIL ATENCIÓN.
    QUE DIOS TE BENDIGA: *EUGENIA.
  • BLANQUIS... UN SALUDO FRATERNO ANTE TODO...
    "El incumplimiento injustificado del deudor en el pago de la pensión alimenticia derivada de una sentencia de divorcio por mutuo consentimiento configura el delito previsto en el Artículo 280", indica la tesis jurisprudencial.
    ESTO YA ES DELITO... Y SE ATIENEN A CUMPLIMIENTO... O SON SANCIONADOS AQUELLOS QUE NO LA CUMPLEN...la Suprema Corte de Justicia dio su resolución el 3 de febrero de este año.
    Solo hay que seguir los pasos adecuados... para resolver satisfactoriamente... lo digo por experiencia propia...
    En cuando dejo de cumplir con la pension alimenticia de mi hija pequeña, de inmediato fui al juzgado a darlo a conocer... y se tomo debida nota...
    lo dificil... era saber donde se encontraba el papa de mi hija... pero al final fue localizado y exhortado... a dar cumplimiento...
    Amiga... aqui... nosotras las mujeres, pero ante todo madres... nos debemos a ellos , los hijos menores... hay de ir, venir, perder un poco de tiempo y tener mucha confianza en las dependencias que llevan el caso...
    Gracias a Dios estoy por buen camino... y en buenas manos... BUFETEC DE MONTERREY... asesoria legal sin costo...
    te dejo un gran abrazo... Blanquis.
  • La verdad es que es patético que tenga una que llegar a esta situación siendo que un hijo es una personita inocente que no pidió venir a este mundo y sin embargo nosotras las mujeres terminamos siendo las que nos hacemos responsables de ellos porque la ley no obliga a los papás a cumplir con una obligación que más que legal debería ser moral en principio. Es urgente que las autoridades revisen todas las letras,palabras y oraciones que se incluyen en una ley para que esos desvergonzados no vayan por ahí sin recibir un castigo por incumplimiento de sus obligaciones
  • A PARTIR DE UN LLAMADO DE UNA AMIGA DE AQUI....

    MUJER DESESPERADA...!!!! SOLICITO APOYO LEGAL!!! HEEELP!Publicado por Adriana Torres el marzo 3, 2010 a las 5:05pm
    Enviar mensaje Ver el blog de Adriana Torres
    .Hola...!!!
    Por favor necesito un Abogado (a), bueno bonito y barato... para arreglar mi situación. Mi ex marido me acaba de decir que no pagara mas pension alimenticia entre miles de cosas... tengo dos pequeños. y desde que nos divorciamos hace 7 años me pasa una cantidad fija..no ha aumentado un peso!!! Me urge ayuda legal... pero no tengo fondos para contratar un buen abogado.... Estoy desesperada por favor!!!
    Por favor..si alguien conoce a un abogado bueno que no cobre tanto! ayudenme!

    EXPONGO ESTE ARTICULO A LA CONSIDERACION DE TODAS LAS QUE ESTAMOS EN ESTE MISMO TENOR...
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