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OBJETIVO DE LA REFORMA: Proteger y garantizar el acceso a una vida digna para los menores tal y como se encuentra plasmado en nuestro artículo 4° Constitucional, en la Convención Internacional de los derechos del Niño, así como en las leyes locales.

SOLICITUD: APOYO!!! A FIN DE QUE EL CRITERIO DE NUESTROS JUECES Y LEGISLADORES SIEMPRE SEA EN FAVOR DE LOS MENORES.

 

En el transcurso del último año, de marzo de 2010 al 2011, el Poder Judicial de Nuevo León tiene registro de 521 juicios por alimentos, 79 convenios y 337 juicios de alimentos.

 

La bancada del Partido Acción Nacional promovió, una reforma al Código Civil del estado para endurecer la pérdida de la patria potestad a los padres que incumplan las obligaciones legales en materia de alimentación.

 

Dicha modificación, explicó en tribuna la diputada María del Carmen Peña Dorado, tiene por objeto proteger el desarrollo de los menores y garantizar el cumplimiento de sus derechos.

 

La nueva causal para perder la patria potestad impulsada por los panistas, se configura cuando una de las partes incumple por un período de tres meses en la manutención de los hijos sin causa justificada.

 

“Por incumplimiento parcial o total de la obligación alimentaria provisional, definitiva o bien convenida por las partes, por más de noventa días sin causa justificada”, establece la reforma al artículo 444 del Código Civil.

 

Peña Dorado explicó que actualmente la legislación contempla la pérdida de patria potestad cuando hay incumplimiento en la pensión alimentaria; no obstante, el plazo empieza a correr una vez que el juez dictamina el monto.

 

“Nunca el derecho del adulto debe menoscabar el derecho de una vida plena del niño, un gran problema social que se presenta hoy en día es que cuando los matrimonios deciden separarse y deciden el divorcio, se genera la obligación de una pensión alimenticia.

 

“Por desgracia son pocos los padres, de acuerdo a las estadísticas que no nos dejan mentir, que cumplen con esta obligación…las madres enfrentan al problema de que ellas tengan o no tengan empleo, tengan o no tengan medios, tienen que sacar adelante a los hijos”, indicó la legisladora.

 

Actualmente la reforma planteada se encuentra en estudio en una Mesa de Trabajo organizada por el Congreso de Nuevo León, en la que participan Jueces y Magistrados del Poder Judicial del Estado, así como integrantes de diversas Instituciones estatales, sin embargo es importante resaltar los siguientes puntos:

 

Una de las sanciones más graves y delicadas que establece el Código Civil para el Distrito Federal es que la madre o el padre pierdan el derecho natural, jurídico, afín, inherente a la filiación, por dejar de cumplir con los deberes impuestos por la ley. Entre otros, con gran significación, el de alimentar a los menores de edad.

 

Perder la patria potestad significa para el menor que su padre, su madre o ambos, no podrán ni siquiera compartir con él, porque la ley sanciona a quienes no cumplen con lo que la naturaleza, el orden público y por supuesto la ley, otorgan y sancionan a quienes en un acto de plena irresponsabilidad, dejan de otorgar los alimentos a sus hijos menores de edad.



El Derecho Familiar es de orden público, sin embargo, hay quienes pretenden con un fraude a la ley o en el incumplimiento de ésta, convertirse en sujetos permanentemente irresponsables y, a pesar de ello, continuar ejerciendo la patria potestad que, reiteramos, más que ser un derecho o privilegio, es un deber impuesto por la ley.
  
Se podría decir que los derechos que la patria potestad le otorga a los padres se constituyen propiamente en poderes sobre los hijos, porque las facultades que la ley le confiere a los padres no son en beneficio de éstos sino de los hijos.
 
Esta facultad tiene la finalidad de la protección del hijo. Cuando esta facultad se extralimita, se violan estas finalidades y son contrarias a derecho, van en contra del beneficio de los hijos, y por lo tanto en contra de la protección constitucional que se les brinda a éstos, además de la violación de las normas contenidas en el Código Civil y Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y del Adolescente.

 

El incumplimiento del pago de pensión alimenticia total o parcial sin causa justificada por más de 90 días, es motivo suficiente para que los padres pierdan la patria potestad de sus hijos.

Así lo ha determinado la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al emitir dos tesis de jurisprudencia en esta materia que tienen que aplicarse en todo el país.

De acuerdo con lo definido por la Corte, una vez que el juez fije el monto de una pensión, el progenitor deberá cumplirla en su totalidad, pues las necesidades de subsistencia de los hijos se actualizan día con día.

 

De esta forma, la Corte resolvió que el pago de la pensión alimenticia no puede hacerse en forma parcial, pues subrayó que esta conducta es contraria a la finalidad de prevención y conservación de la integridad física y moral de los hijos, lo que no puede quedar al arbitrio del deudor.

 

Dos Tribunales Colegiados en Materia Civil sostenían criterios diferentes sobre la aplicación del Artículo 444, fracción IV del Código Civil para el Distrito Federal, y la Corte definió que el pago de pensión alimenticia no puede quedar sujeta a las cantidades y tiempos que estime el deudor.

 

 

En el transcurso del último año, de marzo de 2010 al 2011, el Poder Judicial de Nuevo León tiene registro de 521 juicios por alimentos, 79 convenios y 337 juicios de alimentos.

 


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Comentarios

  •   y  los niños que se perdieron en la guardería ABC y que no se han juzgado a sus eminencias como al tal HORCACITAS, ....por otro lado no podemos evitar como sociedad que las mujeres se embaracen a lo visceral “tenemos un gran problema social”. Como dice el libro de Psicología del mexicano y sus motivaciones tenemos:  “Exceso de madre, abundancia de hermanos y AUSENCIA de padre”... nuestra sociedad no esta educada y nuestros congresistas tampoco. Además con el nuevo contrato laborar  BASURA que se va aprobar ,de todas maneras quedan desprotegidos y al servicio de la esclavitud y el narco nuestros niños ¡me da mucha pena!, sin trabajo por parte de los padres que vida les espera aparte del abandono. Luego las leyes que se levantan en un periodo se tiran en otro.. Gracias por el artículo Fabiola
  • Enhorabuena por todas las iniciativas que protejan los derechos de los menores. Parece que en nuestro país un niño no es sujeto de derechos. Ojálá que esta y otras propuestas como la que está en la Asamblea Legislativa del Registro de Deudores Alimentarios Morosos REDAM vean la luz pública muy pronto. Un saludo a las valientes de RETOS.
  • Bueno Fabiola definitivamente esto es solo una parte, estoy consciente de esta reforma no arregla todo el problema, pero es un inicio... hay que seguir trabajando duro para poder poco a poco eliminar el problema de raíz, y respecto a lo ocurrido en la guardería... solo se lo que se comenta en la prensa no se cual sea el fondo de todo sin embargo creo que cualquier ciudadano tiene el poder para exigir a las autoridades que hagan bien su trabajo... porque finalmente estan ahí para representar nuestros intereses... salu2
  • Gracias a Claudia y a Miranda por su comentarios... Quisiera aclarar un punto muy importante el hecho de que un padre o madre pierda la patria potestad de sus hijos no quiere decir que pierde SUS OBLIGACIONES! Lo que quise decir es que ya no tiene compromiso con verlo, ni convivir con el, sin embargo la responsabilidad económica subsiste... Por otro lado también quisiera comentarles que en muchas legislaciones existe un delito que se llama "Abandono de familia" en cual tiene se sanciona con cárcel a quien incumple con la obligación de dar la pensión alimenticia ya sea a su esposa o a sus hijos, sin embargo al menos en la legislación de Nuevo León este delito no es considerado como grave por lo cual el sujeto tendría el beneficio de salir bajo fianza, y en ese sentido coincido contigo Miranda debemos hacer algo para también modificar la ley penal y que este delito este dentro de los considerados como graves, atendiendo lógicamente a las consecuencias que este tipo de actos pueden tener en la formación de los menores... Adjunto a este blog viene el archivo de la Iniciativa que se presento, seria bueno que la leyeran, viene en un lenguaje sencillo no vienen muchas palabras técnicas por lo que estoy segura que será de fácil entendimiento... Y así me puedan hacer mas comentarios al respecto y me puedan dar sus impresiones...

    Saludos
  • Mil felicidades, ya era hora de ver por los derechos de los hijos; los hombres por su orgullo d´´macho´´ herido, lo que hacen al negar o retener la pensión alimenticia, es ´´para que sepa quien manda´´o ´´no va a poder vivir sin mí´´ y lo único que hacen es afectar los derechos del niño. ´´YA BASTA´´ .        Es necesario que ya se implemente en todo México;  aunque para muchas mujeres es mejor quitarse ea lastra que mal debido se le llama´´padre´´.

  • Así es Letty, "quedará libre de todo compromiso" como tú dices, sin embargo, tampoco tendrá ningún derecho sobre nuestros hijos, no podrá verlos, no podrá convivir con ellos, y lo mejor de todo es que no necesitaremos de ellos para educarlos, y hacerlos hombres y mujeres de bien... Efectivamente hay muchos que siguen burlando a la ley y que también tienen amenazadas a sus parejas, pero es ahí donde cada mujer debe armarse de valor para salir adelante por ella y por sus hijos y dejar atrás a un hombre que si no es capaz de darle lo indispensable económica ni moralmente a su familia, es un hombre que no vale la pena... Creo firmemente que cualquier mujer es capaz de luchar por su vida y más aún por la de sus hijos y este tipo de sanciones más que eso, son una protección a los menores, es protegerlos de crecer lejos de un ejemplo de irresponsabilidad y falta de compromiso con un padre con esas características... Espero que pronto esta iniciativa prospere no sólo porque participé en su elaboración, sino porque estoy segura servirá a muchas mujeres y niños de Nuevo León...

    Gracias por tus comentarios!
  • Si el sujeto es irresponsable. le va a venir como anillo al dedo perder la patria potestad, se verá libre de cualquier compromiso, pues ya no tendrá dicho derecho, aunado a ésto que más hay para estos sujetos irresponsables que aún estando en casa pudieran no dar nada para la manutención y encima tienen amenazadas a las parejas para no ser delatados, hay que ir más allá para que no se sigan burlando de la ley y verdaderamente, cumplan con su responsabilidad de sacar adelante al ser que no pidió venir y que ya está aquí, con todas sus carencias

    saludos

    letty

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