DERECHOS DE LOS USUARIOS DE INTERNET

Por: Leticia Nájera
Mamá Digital D.F.

derechos de los ususarios de internet

Cada día somos más los usuarios de internet, cada día la vida cotidiana nos lleva hacer uso de la tecnología en la escuela, en el trabajo, en los negocios, en la diversión. Los medios electrónicos, llegaron para ofrecernos una vida más práctica, porque a través de ellos, podemos tener a la mano bienes y servicios, que bien podrían ayudarnos a ahorrar tiempo y dinero, sin embargo, existía un riesgo, no había una legislación que nos protegiera y garantizara que las gestiones llevadas a cabo a través del internet nos mantenian seguros.

Hemos sabido de engaños y fraudes cometidos al momento de realizar una compra en línea y por más reclamos que se hagan no era posible recuperar la inversión, ni el tiempo.

Es importante conocer que en La Ley Federal de Protección al Consumidor, en su Capítulo VIII bis “De los derechos de los consumidores en las transacciones efectuadas a través de los medios electrónicos, óptimos o de cualquier otra índole”, señala que en estos casos el proveedor utilizará la información proporcionada por el consumidor en forma confidencial y dará domicilio y teléfono para cualquier reclamación. Asimismo también dice que el proveedor evitará publicar información engañosa sobre las características de los productos y servicios que ofrezca y respetara la decisión de compra de cantidad y calidad del producto. Además el consumidor, tendrá derecho a conocer toda la información sobre las condiciones, costos, cargos, formas de pago y garantías.

Recientemente, se reformó esta ley, en su artículo 25 fracción VII, para proteger más usuario, señalando que la Procuraduría puede llevar a cabo la clausura del comercio formar o electrónico para reparar o restituir lo inherente a un bien o servicio en tres ocasiones. Así como la reforma del artículo 77, que indica que “todo bien o servicio se ofrecerá con garantía, misma que deberá sujetarse a lo dispuesto por esta Ley y a lo pactado entre proveedores y consumidores”

En el Código Penal Federal, también se tipifica el delito de fraude en el artículo 386, con penas que van de 3 días a 6 meses de prisión y multas de 30 a 180 días de salario y llegando hasta de tres a doce años de prisión según el monto del fraude.

Esto no es suficiente, el trabajo continúa, se acaba de proponer una iniciativa de Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, en la que, entre otras cosas, se contemplan los derechos de los usuarios.

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Foto: www.profeco.gob.mx

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